Páginas

jueves, 17 de febrero de 2011

Las abdicaciones de Bayona, 1808. Abdicación de Carlos IV

Convenio entre su Majestad católica el señor rey don Carlos IV y Napoleon, emperador de los franceses en virtud del cual cede el primero en favor del segundo la corona de los dominios españoles; concluido y firmado en Bayona el 5 de mayo de 1808.

Carlos IV, el rey de las Españas y de las Indias, y Napoleon emperador de los franceses, rey de Italia y protector de la confederacion del Rhin, animados de igual deseo de poner un pronto término á la anarquia á que está entregada la España, y libertar esta nacion valerosa de las ajitaciones de las facciones, queriendo asismismo evitarle todas las convulsiones de la guerra civil y estrangera, y colocarla sin sacudimientos politicos en la única situacion que atendida la circunstancia estraordonaria en que se halla puede mantener su integridad, afianzarle sus colonias y ponerla en estado de reunir todos los recursos junto a los de Francia, á efecto de alcanzar la paz maritima; han resuelto unir todos sus esfuerzos y arreglar en un convenio porivado tamaños intereses.
(…)
Articulo 1.º
Su Majestad el rey Carlos, (…) ha resuelto ceder, como cede por el presente, todos sus derechos al trono de las Españas y de las Indias á su Majestad el Emperador Napoleon, como el único que en el estado á que han llegado las cosas, puede restablecer el órden, (…) para hacer gozar á sus vasallos de las condiciones siguientes: 1.ª La integridad del reino será mantenida; (…) 2.ª la religion católica, apostólica, romana será la única de España. No se tolerará en su territorio religion alguna reformada, y mucho menos infiel, (…)
Articulo 3.º
(…) su Majestad el emperador se obliga á dar una asilo en sus estados al rey Cárlos, á su familia, al prícipe de la Paz, como tambien á los servidores suyos que quieran seguirles, los cuales gozarán en Francia de un rango equivalente al que tenian en España.
Articulo 4.º
El palacio imperial de Compiegne con los cotos y bosques de su dependencia, quedan á la disposicion del rey Cárlos mientras viviere.
Articulo 5.º
Su Majestad el emperador dá y afianza á su Majestad el rey Cárlos una lista civil de treinta millones de reales, que su Majestad el emperador Napoleon le hará pagar directamente todos los meses por el tesoro de la corona. (…)
Articulo 6.º
El emperador Napoleon se obliga á conceder á todos los infantes de España una renta anual de cuatrocientos mil francos, para gozar de ella perpétuamenteasi ellos como sus descendientes, (…)
Articulo 8.º
Su Majestad el emperador Napoleondá en cambio á su Majestad el rey Cárlos el sitio de Chambord, con los cotos, bosques y haciendas de que se compone, para gozar de él en toda propiedad, y disponer de él como le parezca.
Articulo 9.º
En consecuencia, su Majestad el rey Cárlos renuncia en favor de su Majestad el emperador Napoleon, todos los bienes alodiales y particulares no pertenecientes á la corona de España, de su propiedad en aquel reino.
Los infantes de España seguirán gozando de las rentas de las encomiendas que tuvieren en España.
(…)
Fecho en Bayona á 5 de mayo de 1808.

Alejandro del Cantillo. Tratados, convenios y declaraciones de paz y de comercio que han hecho con las potencias extranjeras los monarcas españoles de la casa de Borbon. Desde el año de 1700 hasta el dia. 713-714. 1843. Madrid.
Selección del tratado realizada por Antonio Manuel Martín Martín.

No hay comentarios:

Publicar un comentario