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jueves, 17 de febrero de 2011

Tratado de paz España-Francia. Basilea 1795.


(…) Su Majestad católica y la república francesa animados (…) del deseo de que cesen las calamidades de la guerra que los divide, convencidos íntimamente de que existen entre las dos naciones intereses respectivos que piden se restablezca la amistad y buena inteligencia; y queriendo por medio de una paz sólida y durable se renueve la buena armonía que tanto tiempo ha sido la base de la correspondencia de ambos países, (…) han estipulado los artículos siguientes:
Artículo 1.º
Habrá paz, amistad y buena inteligencia entre el rey de España y la república francesa.
(…)
Artículo 3.º
Ninguna de las partes contratantes podrá conceder paso por su territorio á tropas enemigas de la otra.
Artículo 4.º
La república francesa restituye al rey de España todas las conquistas que ha hecho en sus estados durante la guerra actual.
(…)
Artículo 7.º
Se nombrarán inmediatamente por ambas partes comisarios que entablen un tratado de límites entre las dos potencias. Tomarán estos, (…) la cima de las montañas que forman las vertientes da las aguas de España y de Francia.
(…)
Artículo 9.º
(…) el rey de España, (…) cede y abandona en toda propiedad á la república francesa toda la parte española de la isla de Santo Domingo en las Antillas.
(…)
Hecho en Basilea en 22 de julio de 1875. Cuatro de thermidor, año tercero de la república francesa.
Firmado por Domingo de Iriarte y Francisco Barthelemy.

Ratificación por parte de su majestad católica.
Don Cárlos, por la gracia de Dios rey de Castilla, de Leon etc. Por cuanto en virtud de plenos poderes que le conferimos á don Domingo de Iriarte, caballero real de la distinguida órden española de Carlos III, (…) habiendo visto y examinado los referidos diez y siete articulos, he venido en aprobar y ratificar cuanto contienen, como en virtud de la presente les apruebo y ratifico, (…) como si yo mismo los hubiese firmado, sellada con mi sello secreto, y refrendada por el infrascrito mi consejero y primer secretario de estado y despacho.
Dada en San Ildefonso á 4 de agosto de 1795. -Yo el rey.- Manuel Godoy.

Artículos separados y secretos anejos al anterior tratado.
1.º La república francesa podrá durante el término de cinco años consecutivos, a contar desde la ratificación del presente tratado, estraer de España yeguas y caballos andaluces, como igualmente ovejas y carneros merinos, hasta el numero de cincuenta caballos padre, ciento cincuenta yeguas, mil ovejas y cien carneros en cada año.
(…)
Firmado por Domingo de Iriarte y Francisco Barthelemy.

Alejandro del Cantillo. Tratados, convenios y declaraciones de paz y de comercio que han hecho con las potencias extranjeras los monarcas españoles de la casa de Borbon. Desde el año de 1700 hasta el dia. 654-657. 1843. Madrid.
Selección del tratado realizada por Antonio Manuel Martín Martín.

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